Skip to main content
TRADUCCIÓN DEL DOCUMENTO

Junio 2023 Resumen ejecutivo para el octavo informe del Monitor Federal, que abarca el período comprendido entre octubre de 2022 y marzo de 2023

John Romero

Monitor Federal


TRADUCCIÓN DEL DOCUMENTO: Case 3:12-cv-02039-FAB Document 2430-2 Filed 06/13/23


Este es el octavo Informe del Monitor en Jefe (CMR-8) que describe los niveles de cumplimiento del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en relación con el Decreto de Consentimiento suscrito entre los Estados Unidos y el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (“ELA”). Este informe ofrece la octava evaluación tras el período de cuatro años de desarrollo de capacidad establecido por el Decreto de Consentimiento que se extendió desde junio de 2014 hasta octubre de 2018 y cubre el período comprendido entre octubre de 2022 y marzo de 2023.

Durante el período cubierto por el informe CMR-8, los logros del ELA en materia de cumplimiento parcial y/o sustancial de muchos de los apartados se mantuvieron en gran medida iguales, con avances mínimos. Además, aunque se han introducido mejoras en la presentación de informes y el seguimiento del uso de la fuerza, la formación sobre los requisitos de los apartados evaluados ha seguido retrocediendo. Cuestiones repetidas como la documentación deficiente de la causa probable para arresto y el uso de un lenguaje repetitivo en los informes de detención, los fallos en la supervisión a la hora de adoptar medidas correctoras y plazos sobre extendidos en las investigaciones de la Unidad de Investigación de la Fuerza (UIF) y las evaluaciones de los UOF por parte de la Junta de Revisión de la Fuerza del Comisario (CFRB) son ejemplos de cuestiones planteadas en anteriores CMR y señaladas de nuevo en este informe. A estos problemas se suman las continuas preocupaciones por la falta de recursos y personal en varias divisiones y unidades de la PRPB, como la Superintendencia Auxiliar de Educación y Adiestramiento (SAEA) y la Superintendencia Auxiliar de Responsabilidad Profesional (SARP), que dificultan aún más la capacidad de la PRPB para avanzar en el cumplimiento.

La Unidad de Reforma también experimentó cambios en su dirección durante el periodo cubierto por el informe CMR-8. Sin embargo, la capacidad de la Oficina de Reforma para producir datos y documentación y facilitar las visitas del Monitor se vio afectada mínimamente. El trabajo realizado por el contratista del ELA, AHDatalytics, a través de los cuadros de mando y ReformStat será clave para ayudar a la nueva dirección. Además, PRPB debe reconocer que es ella, y no la Oficina del Monitor, la responsable última de demostrar el cumplimiento de cada párrafo del Acuerdo. Esto requiere mejoras en la capacidad de la Oficina para auditarse y supervisarse a sí misma, en lugar de depender de los CMR de la Oficina del Monitor. La Oficina del Monitor espera que la futura implementación de varios procesos, como ReformStat, ayude a PRPB a alcanzar este objetivo.

A pesar de estas dificultades y del estancamiento continuo en el cumplimiento de muchos de los apartados, la Oficina del Monitor se siente alentada por los avances del ELA y PRPB en una serie de ámbitos, entre los que se incluyen las mejoras en la precisión del seguimiento y la presentación de informes de UOF, la promoción de más de 500 sargentos, los avances en la evaluación de las necesidades de tecnología e informática (IT) y el Plan de Acción Correctiva (PAC), la finalización del Plan de Adiestramiento y la disposición de la Oficina de Reforma a colaborar en la redacción de planes de aplicación similares para las investigaciones y detenciones por violencia doméstica y agresión sexual y los registros e incautaciones.

El desarrollo de estos planes será clave para garantizar que el ELA asigne los recursos necesarios y mantenga la gestión adecuada para abordar las cuestiones planteadas continuamente por la Oficina del Monitor. La dotación de los recursos, equipos, programas informáticos y personal necesarios será clave para que la Oficina pueda llevar a cabo la ejecución de los planes mencionados.

Además, al examinar el total de párrafos evaluados en este informe (N=179) en comparación con el informe anterior en el que se evaluaron estas secciones y párrafos (CMR-6; N=179), la Oficina del Monitor nota que PRPB ha logrado algunos avances durante el periodo objeto del presente informe. Por ejemplo, 83 párrafos cumplían parcialmente y 56 párrafos se calificaron de no conformes durante el periodo objeto del presente informe, en comparación con los 77 párrafos calificados de parcialmente conformes y los 61 de no conformes en el CMR-6. Además, cuando se examina de forma global, casi el 68% (N=121) de los párrafos cumplen parcial, sustancial o totalmente la CMR-8, en comparación con el 52% (N=93) de la CMR-6.

Figura 1. Tasa de cumplimiento a lo largo del tiempo
Figura 1. Tasa de cumplimiento a lo largo del tiempo

Actividades de control durante el CMR-8

Durante los pasados seis meses, la Oficina del Monitor realizó seis visitas de campo a las oficinas centrales de PRPB, así como a varias regiones de la Isla, incluyendo Aibonito, Utuado, Fajardo, Caguas y Carolina. Estas visitas de campo le brindaron a la Oficina del Monitor la oportunidad de escuchar directamente a los supervisores y oficiales en el frente de batalla, hablar con miembros de la comunidad, observar operaciones, recibir demostraciones del sistema y validar las evaluaciones que hicieron como parte de su revisión de más de cuatro mil políticas, documentos, certificaciones, grabaciones de audio y expedientes de casos e informes provistos para revisión durante el periodo de informe CMR-8. La Oficina del Monitor también revisó 80 expedientes de casos de PRPB. La Oficina del Monitor también revisó 80 políticas, formularios (PPR) y protocolos en virtud del apartado 229 del Acuerdo, observó varios esfuerzos de compromiso comunitario de PRPB, participó en 8 demostraciones del sistema y estuvo presente en varias manifestaciones y protestas durante el periodo de referencia.

Además, durante el período del informe CMR-8, la Oficina del Monitor participó en una conferencia judicial en enero de 2023. Se centró en las actualizaciones relacionadas con el CMR-7, los ascensos a sargento, el Plan de Adiestramiento, el IT CAP, el Plan de Supervisión y Dotación de Personal, el Programa de Reparto Equitativo y las auditorías de integridad. Se presentó al tribunal una evaluación de las necesidades de IT, y la Oficina y las Partes comenzaron a trabajar en el desarrollo del IT PAC. Además, durante este periodo, el ELA presentó al tribunal actualizaciones de 90 días del Plan de Dotación de Personal y Promoción y del Plan de Adiestramiento definitivo.

Durante el periodo que abarca este informe, la Oficina del Supervisor también llevó a cabo una sesión con la comunidad. A esta reunión asistieron más de 30 representantes de diversas organizaciones que representan a personas con discapacidad y brindó a la Oficina del Monitor la oportunidad de escuchar directamente de la comunidad sus preocupaciones e interacciones con PRPB.

A la espera de la CMR-9

La Oficina del Monitor insiste en que el ELA debe abordar las cuestiones planteadas repetidamente en sus anteriores CMR. Las mejoras en el cumplimiento dependen de la capacidad del ELA para abordar de forma sistemática e intencionada las preocupaciones planteadas en los CMR.

Si bien la Oficina del Supervisor reconoce que las mejoras en el cumplimiento de algunos de los apartados exigen amplios cambios en los procesos de la PRPB e importantes inversiones fiscales, como la adquisición de un nuevo sistema de gestión de registros, otros apartados requieren mejoras de menor envergadura. En la mayoría de los casos, bastaría con revisar la política, impartir formación (virtual, presencial y nominal), aumentar la rendición de cuentas o mejorar los informes y la documentación para demostrar la mejora del cumplimiento. Las vías de avance señaladas en las CMR esbozan los pasos necesarios que debe dar el ELA para abordar el cumplimiento.

Además, la Oficina del Monitor espera que las futuras mejoras de la estructura y organización de la Unidad de Reforma le permitan mejorar su capacidad para establecer una estrategia y un plan global para lograr el cumplimiento de todas las áreas del Acuerdo y el auto-monitorearse.

La Oficina del Monitor continuará revisando los documentos producidos por PRPB y el ELA en demostración de cumplimiento, realizará visitas de campo adicionales, observará las sesiones de capacitación relacionadas, observará los esfuerzos de participación comunitaria de PRPB y realizará entrevistas tanto con el personal de PRPB como con las partes interesadas de la comunidad. Además, durante el periodo de informe CMR-9, la Oficina del Monitor espera continuar llevando a cabo sesiones de escucha comunitarias adicionales para compartir el estado de la reforma y escuchar directamente a la comunidad puertorriqueña en general.

Resumen del cumplimiento por secciones

El siguiente resumen ofrece una visión general de la evaluación de cumplimiento de la Oficina del Monitor para cada área del Acuerdo.

1. Uso de la fuerza

En todos los CMR anteriores, el progreso del ELA hacia el cumplimiento del UOF se ha visto obstaculizado por su incapacidad para validar sus cifras de UOF. Esta cuestión se ha planteado en repetidas ocasiones, ya que las evaluaciones de cumplimiento de varios de los apartados de esta sección del Acuerdo requieren una revisión exhaustiva de los UOF. El ELA y PRPB, en colaboración con el USDOJ y la Oficina del Monitor, elaboraron un Plan provisional de UOF para subsanar las inconsistencias en su seguimiento de los UOF. La PRPB aplicó formalmente el Plan provisional de UOF en julio de 2022. El Plan Provisional de UOF aumentó los niveles de supervisión de revisión para identificar y corregir errores y/o discrepancias en los formularios de informes de UOF dentro del sistema GTE de PRPB. La Oficina del Monitor y el USDOJ aprobaron el plan provisional. Se recordó a PRPB que era necesario desarrollar un sistema/plan más completo y menos laborioso.

En lo que respecta a la mejora de los informes sobre el UOF, durante este periodo, PRPB pudo demostrar que podía proporcionar cifras exactas sobre el UOF. También ayudó a PRPB a llevar a cabo esta tarea su contratista, AHDatalytics, que desarrolló un cuadro de mandos UOF que ayudó a identificar discrepancias en los informes UOF dentro del sistema GTE. Esta ayuda proporciona a la Unidad de Reforma la capacidad de revisar exhaustivamente si se siguieron determinados pasos procedimentales o documentales como parte del proceso de notificación de fuerzas sobre el terreno.

Durante el periodo de referencia, PRPB informó de 802 UOF en 439 incidentes. Una comprobación cruzada de los datos de varias unidades por parte de la Oficina del Supervisor determinó la exactitud de los datos y que la información del sistema GTE de la PRPB es completa. Cabe señalar que la Oficina del Monitor, al examinar si los agentes de la PRPB preparan y presentan los informes UOF (PPR 605.1) en los plazos establecidos en la política, ha determinado que la PRPB ha realizado progresos significativos. De los 76 informes UOF examinados, 73 (96%) se prepararon y presentaron en el plazo establecido en la política. En los tres incidentes restantes, la PRPB presentó documentación que demostraba que los informes se habían elaborado con retraso: dos con un día de retraso y uno con dos días de retraso. Se trata de mejoras significativas que se han traducido en una mejora de las calificaciones de cumplimiento. No obstante, el Plan UOF es provisional mientras la Oficina desarrolla un sistema que identifique las discrepancias en tiempo real y no tenga que depender de varios niveles de revisión para identificar errores en el sistema y efectuar las correcciones necesarias.

La consistencia en los datos de la UOF afectan en gran medida a muchos de los apartados de esta sección. Otros temas, como la Unidad de Investigación de la Fuerza (FIU), las Juntas de Revisión de la Fuerza (FRB), la Formación en Intervención en Crisis (CIT), el SWAT y los procedimientos de control de multitudes también afectan al cumplimiento general de esta sección por parte de la PRPB. En lo que respecta a la FIU, la Oficina del Monitor sigue preocupada por el tiempo que tarda en completar sus investigaciones. No obstante, se han producido algunas mejoras en los plazos, ya que la Oficina del Monitor ha observado que se han completado más casos dentro de los plazos establecidos (18%), pero en la mayoría de los casos examinados las investigaciones no se completaron dentro del plazo de 45 días exigido. Los cambios en el personal de la FIU (un nuevo oficial al mando designado) que se produjeron en la última parte del periodo objeto del informe y el compromiso de PRPB de añadir los investigadores que tanto se necesitan, tal como recomendó la Oficina del Supervisor en anteriores CMR, son alentadores. Del mismo modo, en el examen de la Oficina del Monitor de las evaluaciones de la Junta de Revisión de la Fuerza del Comisionado (CFRB), si bien las evaluaciones eran objetivas, tampoco eran oportunas. El CIT, al igual que el UOF, también ha sido objeto de debate y atención por parte del Tribunal en los últimos meses. A pesar de la finalización del programa piloto de CIT de PRPB en noviembre de 2020, la Oficina se ha retrasado en sus esfuerzos para completar una evaluación piloto y ampliar el programa a otras áreas de la isla. Debido a estos problemas, en enero de 2022, el Tribunal solicitó que PRPB trabajara con USDOJ y la Oficina del Monitor para establecer un comité de evaluación y avanzar en la expansión del programa a otros comandos de área. Si bien la PRPB ha realizado algunos progresos en estos esfuerzos, mediante la elaboración de un proyecto de evaluación y la realización de entrevistas a posibles coordinadores de CIT, su progreso sigue retrasado debido a los problemas de contratación y adiestramiento. Al final del periodo que abarca el informe, la PRPB señaló que la formación de nuevos agentes de CIT estaba prevista para mayo de 2023.

A pesar de los problemas señalados anteriormente, el ELA ha demostrado avances en muchos de los apartados del UOF. Gran parte de los esfuerzos realizados en este período de presentación de informes pueden atribuirse a la continua colaboración de PRPB con AHDatalytics, el contratista del ELA, que ha ayudado a PRPB a desarrollar varios cuadros de mando relacionados con UOF, que incluyen "Cumplimiento de informes", "Estadísticas de uso de la fuerza", "Solicitudes del equipo de supervisión" y "Movilizaciones de unidades tácticas especializadas." Estos cuadros de mando son útiles para la Oficina del Monitor, ya que sirven como una herramienta más para evaluar el cumplimiento del Acuerdo por parte del PRPB. Los esfuerzos positivos realizados en este periodo de presentación de informes resultarán beneficiosos, si se mantienen, en los periodos de presentación de informes posteriores.

En general, el cumplimiento por parte del ELA de los 36 párrafos evaluados durante el periodo objeto de este informe dentro del UOF refleja una mejora en los niveles de cumplimiento con respecto a lo observado en informes anteriores. En CMR-7, el 56% de los párrafos (20 párrafos) se evaluaron como parcialmente conformes y el 8% (3 párrafos) como sustancialmente conformes, en comparación con el período actual, en el que el 58% de los párrafos (21 párrafos) se consideraron parcialmente conformes y el 25% (9 párrafos) sustancialmente conformes (el párrafo 33 pasó a ser plenamente conforme). Véase la figura 2.

Figura 2. Uso de la fuerza: estado de cumplimiento del párrafo
Figura 2. Uso de la fuerza: estado de cumplimiento del párrafo

2. Registros e incautaciones

La redacción deficiente e incompleta de los informes de detención sigue siendo un gran problema en el PRPB, a pesar de que la Oficina del Monitor ha planteado esta cuestión en varias ocasiones. Muchos agentes siguen sin documentar adecuadamente los hechos particulares de cada caso de detención, lo que ha llevado, en muchos casos, a que los agentes utilicen insistentemente un lenguaje estereotipado, concluyente y repetitivo en sus informes. Los agentes no incluyen constantemente todos los formularios requeridos en los expedientes de detención, y los supervisores y mandos no detectan estas deficiencias ni adoptan medidas correctoras. Algunos expedientes de arresto, inconcebiblemente, se enviaron a la Oficina del Monitor sin un informe policial. Todos estos problemas no resueltos han dejado a la Oficina del Monitor sin otra opción que calificar la actuación de PRPB en este ámbito como en incumplimiento. La Oficina del Monitor puede afirmar con seguridad que si los agentes de PRPB, especialmente los supervisores y los comandantes, actuaran con la diligencia debida al cumplimentar los informes de detención y registro, los índices de cumplimiento serían significativamente superiores. También es necesario responsabilizar a quienes no sigan la política y no documenten adecuadamente las detenciones para avanzar en el cumplimiento.

En lo que respecta a las identificaciones y detenciones con fines de investigación, los resultados de la PRPB no son mejores en esta categoría. La División de Patrulla de Carreteras (HPD) presentó 13 expedientes de detenciones seleccionados al azar para su revisión, y no cumplió los requisitos de la política en más de la mitad de los expedientes, dejando al lector sin una comprensión clara de si la policía tenía más que una sospecha razonable cuando los agentes detuvieron y/o arrestaron a los sujetos. Los formularios de bienes incautados/pruebas no se cumplimentan ni se incluyen en todos los expedientes de detención. Algunas cuartos de Propiedad y Pruebas no están debidamente aseguradas - falta de ventilación en algunos casos y de tamaño en otros.

La evaluación de los expedientes de registros y allanamientos siempre ha visto mejoras, y este periodo de referencia no es una excepción. Las solicitudes de órdenes de registro están siendo debidamente revisadas y aprobadas por los supervisores, y las detenciones resultantes están siendo igualmente revisadas y evaluadas por los supervisores y comandantes. Incluso cuando se realizan registros con consentimiento, la PRPB ha mostrado progresos en comparación con el último CMR. Durante el período del informe anterior, el formulario de búsqueda consentida faltaba en la mayoría de los expedientes; en este período, todos los casos de búsqueda consentida revisados contenían formularios de consentimiento debidamente cumplimentados.

Por último, hacia el final de este período de presentación de informes, el ELA, junto con el USDOJ y la Oficina del Monitor, comenzó a trabajar en un Plan de Implementación para abordar muchas de las cuestiones planteadas en los CMR anteriores del Monitor. La Oficina del Monitor espera trabajar con la el ELA y el USDOJ para finalizar este plan durante el período de presentación de informes CMR-9.

En general, el cumplimiento por parte del ELA de los 18 párrafos evaluados durante el periodo objeto de este informe dentro de Registros e incautaciones refleja los mismos niveles de cumplimiento que lo observado en CMR anteriores. En CMR-6, el 83% de los párrafos (15 párrafos) fueron evaluados como parcialmente conformes, en comparación con el período de información actual, en el que el mismo número de párrafos fueron considerados parcialmente conformes. Véase la figura 3.

Figura 3. Registros e incautaciones: estado de cumplimiento del párrafo
Figura 3. Registros e incautaciones: estado de cumplimiento del párrafo

3. Igualdad de protección y no discriminación

El examen de los documentos y datos facilitados a la Oficina del Monitor durante el periodo objeto del presente informe siguió poniendo de manifiesto los problemas planteados por la Oficina del Monitor en anteriores CMR. Como se señaló en anteriores CMR, gran parte de los avances de PRPB en este ámbito siguen siendo parciales o no se cumplen. De los 21 apartados de Igualdad de trato y no discriminación, un número limitado se evalúa cada seis meses. En CMR-7 se realizó una revisión exhaustiva de toda esta sección, que se repetirá en CMR-9. En CMR-8, sólo se evaluaron 10 apartados. En cuanto a CMR-8, en este informe solo se evalúan 10 apartados (apartados 84 - 86, 88 - 90, 92 - 93, 96 y 99) y, en la mayoría de los casos, solo se evalúan semestralmente objetivos específicos dentro de estos apartados. Los objetivos de cumplimiento evaluados en este informe aparecen en negrita en los párrafos identificados anteriormente. Los objetivos de cumplimiento de los párrafos evaluados en este periodo se centran principalmente en los esfuerzos de la PRPB por demostrar la aplicación de la formación y los procesos relacionados con la contratación, el sistema de quejas de civiles, las evaluaciones del rendimiento, los informes sobre la gestión de casos de menores, los informes sobre delitos motivados por el odio y la formación policial sin prejuicios. No se han producido cambios significativos en el progreso de PRPB en la consecución de los objetivos de cumplimiento evaluados en este periodo de referencia en comparación con la CMR-7.

Durante el periodo objeto del presente informe, se llevó a cabo una revisión de 31 investigaciones SAIC y SARP en las que estaban implicados miembros del PRPB, de conformidad con el apartado 99. Los 31 casos eran de violencia doméstica (infracciones de la Ley 54). No se sometió a revisión ningún caso de agresión sexual en el que estuvieran implicados miembros del PRPB. Por lo tanto, al no haber revisado las investigaciones de agresiones sexuales, la Oficina del Monitor no puede evaluar si PRPB documenta el uso de un método de respuesta informado sobre traumas, si proporciona sistemáticamente a las víctimas los recursos disponibles sobre apoyo o seguridad, o si realiza un seguimiento oportuno de la víctima, tal como exige el párrafo 93. La Oficina del Monitor señala que los cambios en la forma en que se redactan los informes policiales, el uso de una lista de comprobación de la investigación, la responsabilidad de los supervisores y el aumento de la formación, como se recomendó en anteriores CMR, mejorarán el cumplimiento por parte del ELA de los párrafos relacionados.

Durante el período que abarca este informe se produjeron varios sucesos e incidentes de gran repercusión que han renovado la atención prestada a los casos de violencia doméstica y agresión sexual, en particular los que afectan a miembros de PRPB. La Oficina del Monitor revisó 63 expedientes de investigación de violencia doméstica y descubrió que PRPB no sigue sistemáticamente su política relativa a la incautación de las armas de los agentes y la remisión del empleado al programa de asistencia al empleado (EAP) cuando está implicado un miembro de PRPB. En el caso de CMR-7, se constataron resultados similares. La Oficina del Monitor también sigue insistiendo en que la PRPB debe ser consistente con su política a la hora de investigar casos en los que estén implicados miembros de la PRPB. La PRPB también debería considerar cómo ayuda a sus funcionarios a hacer frente a los factores estresantes del trabajo. La Oficina del Monitor hace hincapié en que los casos deben investigarse con precisión y tramitarse a su debido tiempo para ofrecer transparencia y responsabilidad. La Oficina del Monitor también recomienda que el ELA desarrolle un plan de respuesta integral que aborde la forma en que trata los casos en los que están implicados miembros de PRPB.

El 6 de marzo de 2023, las Partes se reunieron para debatir la elaboración de un plan de ejecución centrado en el cumplimiento por parte de PRPB de las disposiciones sobre agresión sexual y violencia doméstica del Acuerdo, concretamente los apartados 93 a 99, 80 a 82 y 84 a 86 (en lo que respecta a las investigaciones administrativas de las denuncias de agresión sexual o violencia doméstica en las que esté implicado personal de la PRPB). El objetivo del Plan es abordar muchas de las cuestiones señaladas por la Oficina del Monitor y mejorar el cumplimiento. En este Plan se abordarán cuestiones como la formación, la calidad de los expedientes de investigación, las prácticas centradas en las víctimas, la supervisión, las prácticas de investigación interna, así como otras cuestiones relacionadas con el personal y los recursos. En marzo de 2023 se facilitó a las Partes un esbozo inicial del proyecto de plan de ejecución. La Oficina del Monitor espera revisar otros borradores del plan de implementación a principios del CMR-9.

En general, el cumplimiento por parte de la Commonwealth de los 10 párrafos sobre igualdad de protección y no discriminación refleja un progreso marginal en los niveles de cumplimiento respecto a lo observado en CMR anteriores. En el CMR-6, el 40% (4 párrafos) de los 10 párrafos evaluados eran parcialmente conformes, en comparación con el período del informe actual, en el que el 60% de los 10 párrafos (6 párrafos) se consideraron parcialmente conformes. Véase la figura 4.

Figura 4. Estado de Cumplimiento del Párrafo de Igualdad de Protección y No Discriminación
Figura 4. Estado de Cumplimiento del Párrafo de Igualdad de Protección y No Discriminación

4. Reclutamiento, selección y contratación

La presentación más reciente de la reunión del Comité del Párrafo 13 mostró que se añadirán 200 reclutas a las filas de la PRPB para julio de 2023. El reclutamiento, la selección y la retención de policías son fundamentales para el avance de la policía y de la profesión policial en general. Sin embargo, las deficiencias en materia de contratación y dotación de personal siguen afectando a los cuerpos y fuerzas de seguridad de todo Estados Unidos. No obstante, el PRPB proporcionó datos que demuestran un esfuerzo tanto para reclutar candidatos cualificados como para investigarlos a fondo.

En general, el PRPB ha hecho un gran esfuerzo para hacer frente a estos retos con un plan de reclutamiento integral y programas de reclutamiento eficaces que solicitan reclutas de una amplia muestra representativa de la comunidad puertorriqueña. Sin embargo, sigue habiendo lagunas en la formación de los funcionarios de contratación y en la aplicación del plan de contratación en la práctica. El plan de reclutamiento incluye varias estrategias para atraer a solicitantes diversos.

Durante el periodo del informe, la Oficina del Monitor revisó las actualizaciones propuestas de la política de contratación de la Ley 65 de la PRPB (GO 501 - Contratación) y el Plan Estratégico de Contratación 2022/2023 y dio su opinión a la PRPB). La Oficina del Monitor también ha entrevistado a miembros de la División de Contratación, la División de Recursos Humanos, miembros de PRPB, la Academia y miembros del comité del Plan de Implementación del Párrafo 13, y ha revisado todos los formularios y materiales de contratación pertinentes que utiliza la Oficina. Cabe señalar que a partir del 31 de marzo de 2023, el nuevo reglamento de reclutamiento, y la orden general de la Oficina de Reclutamiento, que incluye la aplicación de la Ley 65, están en suspenso hasta que se reflexione y planifique más sobre el establecimiento de un programa de cadetes. En virtud del párrafo 13, se ha presentado al Tribunal un plan de sostenibilidad. La Oficina del Monitor espera que una nueva clase de la Academia de Policía (235) esté operativa para el CMR-9, para ayudar a llenar el vacío de muchas jubilaciones.

La Oficina del Monitor considera que la PRPB cumple parcialmente el Acuerdo en lo que respecta a las políticas y procedimientos de reclutamiento, selección y contratación. El PRPB ha intentado reclutar y contratar personal cualificado y desarrollar estrategias de reclutamiento que promuevan prácticas de selección inclusivas que reflejen mejor una muestra representativa diversa de la comunidad puertorriqueña. El PRPB todavía necesita mejorar en ciertas áreas, como el desarrollo de la formación, seguir utilizando agentes CIT, así como institucionalizar muchas de estas prácticas para lograr un cumplimiento sustancial.

Cabe señalar que la División de Reclutamiento utiliza actualmente una plataforma INTERBORO que agiliza todo el proceso de reclutamiento. La División de Reclutamiento también debe asegurarse de que cada oficial de reclutamiento en todas las áreas de Puerto Rico sea entrenado en reclutamiento y en el uso de la plataforma INTERBORO. El sistema INTERBORO hace que la PRPB sea más eficaz y eficiente en el reclutamiento y ayuda a automatizar información y estadísticas valiosas.

En general, el cumplimiento por parte de la PRPB de los ocho apartados de Reclutamiento, Selección y Contratación evaluados durante el periodo objeto de este informe refleja los mismos niveles de cumplimiento que lo observado en CMR anteriores. En CMR-2, CMR-4, CMR-6 y CMR-8 todos los apartados se evaluaron como parcialmente conformes. Véase la figura 5.

Figura 5. Reclutamiento, Selección y Contratación: Estatus de Cumplimiento por Párrafos
Figura 5. Reclutamiento, Selección y Contratación: Estatus de Cumplimiento por Párrafos

5. Adiestramiento

La formación o adiestramiento de los agentes de policía es un proceso de desarrollo fundamental que contribuye al éxito de sus carreras. Aunque la PRPB sigue siendo consciente de la importancia de este proceso, la formación sigue sin ser una prioridad. Concretamente, la PRPB no cumplió el requisito obligatorio de 40 horas de formación continua que debe recibir cada agente, según el apartado 129, durante este ciclo de formación.

La sección de Formación del Acuerdo se evalúa anualmente y, en este informe, abarca el periodo de revisión de abril de 2022 a marzo de 2023. La evaluación de la Oficina del Monitor sobre el cumplimiento de la formación por parte de la PRPB se basa en los documentos de adiestramiento presentados por PRPB, las entrevistas con el personal asignado a la Academia, los oficiales de formación sobre el terreno (FTO), los coordinadores de FTO y otras personas implicadas en el desarrollo y la realización de la formación de la Academia, en el servicio y de FTO. En el último año, el PRPB ha tenido que ajustar su oferta de formación debido a que la academia de formación previa al servicio ha sido más numerosa de lo habitual: la clase n.o 233 contaba con más de 400 cadetes. El desarrollo e impartición del nuevo curso de sargentos a más de 500 personas también contribuyó a este ajuste. La escasez de instructores de formación para impartir los cursos de formación previa al servicio y en servicio dificultó aún más la capacidad de la academia para operar de forma funcional. Como se señaló en anteriores CMR, es preciso abordar la escasez de personal junto con la incapacidad de la Academia para documentar con precisión sus capacidades de formación utilizando el Sistema de Gestión de la Formación Policial (PTMS).

Queda mucho trabajo por hacer para que PRPB logre el cumplimiento preliminar de varios de los apartados de esta sección. En concreto, las secciones de formación en servicio, gestión de registros de formación y desarrollo de planes de estudios todavía necesitan trabajo para lograr el cumplimiento. Dentro de estas áreas, es necesario mejorar la provisión de equipos adicionales para ayudar a los instructores a impartir formación basada en escenarios y el uso completo del PTMS para registrar, grabar y evaluar los cursos de formación impartidos por la PRPB.

Aunque la Oficina del Monitor pudo reunirse y entrevistar a varios miembros del personal que participaban en el desarrollo y la supervisión de la formación, el PRPB no presentó los datos y la documentación necesaria para que la Oficina del Monitor pudiera evaluar este ámbito de forma exhaustiva. No se facilitó documentación como los calendarios/programas de formación previstos y los archivos de los planes de estudios de los cursos. Además, a pesar de que la Oficina del Monitor solicitó en varias ocasiones los calendarios y programas de formación, no se facilitó ninguno antes de la realización de estas formaciones, y la Oficina del Supervisor se limitó a observar una clase previa al servicio durante este periodo del CMR. Durante este periodo, la Oficina del Monitor recibió y revisó documentos de apoyo y materiales relacionados con el desarrollo de un programa de formación integral para complementar las 40 horas de formación formal en el servicio que se imparten al comienzo de los turnos o recorridos de servicio para todos los agentes. Estas reuniones se denominan reuniones de formación nominal.

A pesar de los retos y problemas señalados anteriormente, el PRPB sigue demostrando su crecimiento en el desarrollo e impartición de su programa FTO. El programa de formación de FTO sigue el modelo de las mejores prácticas nacionales y PRPB ha demostrado avances en el desarrollo, la impartición y la práctica de todos los aspectos de este programa de formación. La PRPB aún debe encontrar los recursos para compensar o incentivar a sus formadores de FTO. El Programa FTO amplió su cobertura de la isla durante el periodo de este informe. El Programa FTO está ahora en cinco distritos: Bayamón, Caguas, Carolina, Fajardo y San Juan. Se elogia al PRPB por el progreso del Programa FTO. Demuestra el compromiso del PRPB con el desarrollo de una carrera exitosa de los nuevos agentes.

En respuesta al Tribunal, PRPB, en colaboración con las Partes, elaboró un Plan de Sostenibilidad de la Formación. 1 Aunque el plan describe los esfuerzos previstos de la PRPB para abordar los problemas que la Oficina del Monitor ha señalado en este y en anteriores CMR, gran parte de estas acciones no se llevarán a cabo y/o no se aplicarán plenamente hasta finales de 2024. La Oficina del Monitor sigue insistiendo en que es imperativo que PRPB aborde sus actuales esfuerzos de formación para avanzar en su progreso hacia el cumplimiento.

En general, el cumplimiento por parte de la PRPB de los 18 párrafos de formación evaluados durante el periodo objeto del presente informe refleja una mejora sustancial de los niveles de cumplimiento en comparación con lo observado en informes anteriores. En el informe CMR-6, el 39% de los párrafos (7 párrafos) se consideraron no conformes, en comparación con el informe actual, en el que el 100% de los párrafos (18 párrafos) se consideraron parcial o sustancialmente conformes. Véase la figura 6.

Figura 6. Entrenamiento: Estatus de Cumplimiento por Párrafos
Figura 6. Entrenamiento: Estatus de Cumplimiento por Párrafos

6. Supervisión y gerencia

Durante el periodo que abarca este informe, el ELA siguió luchando por cumplir el Acuerdo debido a la cantidad y calidad de sus supervisores de primera línea, a la inconsistencia de la supervisión, a la mala administración de los procesos de promoción, a la incapacidad de desarrollar e institucionalizar sistemas de tecnología de la información adecuados para apoyar la supervisión (es decir, el Sistema de Intervención Temprana (EIS)), y al desarrollo de un sistema integral eficaz de evaluación del rendimiento. Durante la última parte del periodo que abarca el informe, PRPB pudo desarrollar una prueba de promoción para supervisores de primera línea. La Oficina del Monitor participó en todos los componentes del desarrollo y la aprobación de la prueba. La prueba se administró en diciembre de 2022 a 1.414 miembros del PRPB. Durante la calificación se determinó que era necesario adjudicar seis preguntas, con lo que 562 oficiales se convirtieron en candidatos elegibles para el ascenso. En febrero de 2023, 533 oficiales fueron ascendidos a sargentos. También se informó de que los 533 nuevos sargentos recibieron la formación obligatoria de 40 horas en la Academia. Tras la promoción de sargentos, PRPB realizó progresos sustanciales en el avance del cumplimiento que comenzarán a materializarse en la CMR-9. Además, en el Plan de dotación de personal de febrero de 2023, la PRPB presentó una redistribución del personal que debería entrar en vigor durante el periodo fiscal 2022- 2023. El Plan de Dotación de Personal señala los esfuerzos del ELA por cumplir la orden judicial relacionada para aplicar el Plan de Dotación de Personal y el trabajo inicial en el desarrollo de las políticas y procedimientos de la Unidad de Integridad.

Como parte del Plan de dotación de personal descrito en el apartado 13, la PRPB determinó que se necesitaban 740 supervisores para 110 comisarías, sobre la base de una proporción de 6 supervisores de primera línea y un relevo por unidad. Durante el CMR-7, la PRPB informó de que 103 agentes fueron ascendidos a sargentos y otros 533 fueron ascendidos a sargentos en el CMR-8, para un total de 636, lo que deja un déficit de 104 supervisores. Además, en este Plan de Dotación de Personal, el ELA identificó la necesidad de 68 puestos dentro de los rangos de inspectores y coroneles. PRPB comunicó que, durante el periodo de este informe, se llevaron a cabo entrevistas, evaluaciones e identificaciones de oficiales cualificados. La PRPB informa de que en mayo de 2023 se celebrará una ceremonia de promoción para ascender a los 68 altos cargos identificados.

Durante el periodo que abarca este informe, el ELA nombró una junta encargada de diseñar un sistema de ascensos, que incluía la administración de exámenes y otras medidas más objetivas, cumpliendo así su objetivo. Sin embargo, como ya se informó en el pasado, los funcionarios entrevistados siguen señalando problemas con la política de traslados de la PRPB, GO 305 (Transacciones de traslado del sistema de rangos).

Además, la Oficina del Supervisor constató que no se habían realizado nuevos esfuerzos en relación con las DIA. En lo que respecta a las inspecciones y auditorías, durante el periodo del informe sólo se realizaron cuatro auditorías. Aunque se elaboró y revisó un Informe Anual, la Oficina del Supervisor observa con preocupación los largos plazos para completar y certificar estas inspecciones. No se ha realizado ningún trabajo adicional en materia de auditorías de integridad, ya que el ELA está trabajando con la OSM en la redacción de políticas y protocolos relacionados.

En general, el cumplimiento por parte de PRPB de los 24 párrafos de Supervisión y Gerencia evaluados durante el periodo objeto de este informe refleja unos niveles de cumplimiento ligeramente superiores a los observados en CMR anteriores. En el CMR-6, el 29% de los 24 párrafos (7 párrafos) se consideraron parcialmente conformes y el 8% de los 24 párrafos (2 párrafos) se consideraron sustancialmente conformes, en comparación con el periodo de referencia actual, en el que el 25% de los 24 párrafos (6 párrafos) se consideraron parcialmente conformes y el 17% de los 24 párrafos (4 párrafos) se consideraron sustancialmente conformes. Véase la figura 7.

Figura 7. Supervisión y Gestión: Párrafo Estado de Cumplimiento
Figura 7. Supervisión y Gestión: Párrafo Estado de Cumplimiento

7. Quejas civiles, investigaciones internas y medidas disciplinarias

La Oficina del Monitor emplea ahora plenamente un análisis bifurcado de los expedientes de investigación del SARP en Fase I y Fase II. La Fase I es la evaluación actual de la Oficina del Monitor del cumplimiento de PRPB con respecto a la investigación interna de los miembros del PRPB. La fase II es la evaluación por parte de la Oficina del Monitor de la fase de resolución del caso, que sigue a la mayoría de las investigaciones en las que se ha llegado a una conclusión firme. La fase I muestra una mejora limitada. Sin embargo, los exámenes de la fase II de la resolución de los casos del SARP han mostrado escasa o ninguna mejora.

La profunda preocupación de la Oficina del Monitor por los grandes retrasos en la resolución de los casos del SARP no ha disminuido, a pesar de haber sido señalada en repetidas ocasiones. No sólo no ha habido absolutamente ninguna respuesta correctiva a partir de este CMR, la Oficina del Monitor se enteró de que poco después de la publicación de CMR-7, que al igual que CMR-6 también señaló la aguda falta de personal jurídico competente en la Oficina del Asesor Jurídico (OAL) y su impacto negativo en los plazos de adjudicación, otro abogado del personal fue transferido de OAL a DPS sin reemplazo. 2

La Oficina del Monitor considera que la mayoría de las investigaciones internas se llevaron a cabo correctamente y se resolvieron de acuerdo con los hechos descubiertos por el investigador. Queda mucho espacio para mejorar y lograr un mayor nivel de cumplimiento. El SARP sigue teniendo dificultades para investigar adecuadamente las denuncias anónimas, en particular las que se generan claramente a nivel interno o las denuncias de "denunciantes". Para evaluar esta problemática categoría de denuncias, la Oficina del Supervisor seleccionó una muestra intencionada de 15 investigaciones de denuncias anónimas recientemente concluidas para llevar a cabo un análisis. De las 15, la Oficina del Monitor descubrió que 6 no eran conformes, sobre todo porque el funcionario o funcionarios acusados nunca fueron entrevistados por el investigador, lo que debería hacerse en todos los casos en que la acusación, aunque anónima, establece una posible infracción de naturaleza muy grave, que a primera vista no puede descartarse completamente por hechos independientes y probados. 3

Existe otro motivo de preocupación evidente y persistente en relación con las prácticas de investigación administrativa en los casos en que los denunciantes conocidos han alegado graves irregularidades contra empleados de PRPB. Cuando los testigos jurados de la policía ofrecen versiones diametralmente opuestas de hechos materiales en un caso de conducta policial indebida grave, especialmente en casos de presunta corrupción, connivencia o represalias, el caso no debe cerrarse sin entrevistar a todos los testigos, incluidos los agentes acusados. En estos casos, las diferencias irreconciliables entre agentes jurados sobre hechos materiales exigen intentos exhaustivos, incluida la prueba del polígrafo por parte del investigador, para intentar resolver las versiones opuestas de los hechos. De cara al futuro, la Oficina del Monitor tiene serias dudas de que PRPB alcance alguna vez un cumplimiento sustancial mientras persista esta práctica. Todo empleado de PRPB, con independencia de su rango, que, basándose en una preponderancia de las pruebas, falte a la verdad durante una investigación del SARP deberá responder de sus actos, con independencia de que dicho empleado haya sido citado inicialmente como denunciante, testigo o parte acusada. 4

Se han observado algunos progresos en la documentación de los hitos de los casos SARP, las fechas de asignación, las fechas de conclusión, las fechas de revisión de los supervisores y las fechas de revisión del mando de zona. Este progreso debe mejorarse rápidamente creando la capacidad de incluir firmas digitales dentro de la base de datos de expedientes de casos SARP, como muchas de las principales agencias de policía del continente. La Oficina del Monitor sigue encontrando un número considerable de casos en los que la aprobación de las conclusiones del caso por parte del comandante del SARP está ausente o sin fecha. Las firmas digitales podrían utilizarse para aprobar prórrogas de 30 días en las investigaciones administrativas a nivel de supervisión del SARP o del mando de zona, lo que debería eliminar los frecuentes retrasos para la aprobación (entre 3 y 10 días) mientras la copia en papel de la solicitud circula hasta el Mando Central del SARP. La adopción de la firma digital del comandante con un sello de tiempo puede ayudar a reducir o incluso eliminar este problema.

La Oficina del Monitor cuestiona el uso por parte de la PRPB del PPR 441 para notificar realmente (en mano), en lugar de utilizar otros medios alternativos de notificación del resultado final del caso de un miembro o cuando se confirma una medida disciplinaria. La Oficina del Monitor ha observado que esta política a menudo conlleva meses, y en ocasiones más de un año, de retrasos innecesarios al exigir que un funcionario superior de la PRPB entregue físicamente una copia de la PPR 441 que contiene las conclusiones del caso del funcionario (confirmado/no confirmado/exonerado o infundado). La Oficina del Monitor recomienda encarecidamente el uso de medios alternativos de notificación que pueden incluir la entrega física en la última dirección habitual, la entrega a través del correo electrónico de la PRPB, la entrega por correo postal de EE.UU. (ya sea correspondencia certificada u ordinaria) o en el domicilio registrado del funcionario.

La formación sigue siendo un área de bajo rendimiento para toda la organización en general, especialmente en el SARP. Dicho esto, la Oficina del Monitor está muy impresionada por la seria colaboración del SARP con SAEA y sus recientes logros en la reestructuración de la formación formativa (Curso SAEA REA 114 - Investigaciones SARP) para sus nuevos investigadores, incluido el tratamiento de muchos cambios recientemente adoptados en su metodología, normas y procedimientos. Aunque la fase de desarrollo de capacidades del Acuerdo hace tiempo que pasó, la pericia y experiencia sustancial de la Oficina del Monitor en esta área fue solicitada durante una reunión en la Academia, en la que participó la Oficina del Monitor. La Oficina del Monitor espera ver los resultados en forma de un plan de estudios formativo modificado para los investigadores del SARP. Aparte de la formación, PRPB aún no ha abordado la escasez de formación continua anual para los actuales investigadores del SARP. Como se ha señalado repetidamente en el pasado, el SARP no ha contado con un componente de formación continua anual, como exige el Acuerdo, desde que comenzó la fase de supervisión del Acuerdo. La Oficina del Monitor aprovecha esta oportunidad para instar a SARP/SAEA a que comience a trabajar en la formación continua anual al mismo tiempo que en la renovación del REA 114 (Investigaciones SARP), ya que ambos deberían tener un contenido y una pedagogía similar.

En el futuro, es previsible que los entrenadores anuales del SARP puedan aprovechar la tecnología de aprendizaje electrónico tanto para impartir contenidos como para promover un intercambio útil de mejores prácticas entre los profesionales del SARP. Sin embargo, debido a los continuos y amplios cambios en su metodología, normas y procedimientos de investigación, la Oficina del Monitor tiene serias reservas sobre el uso de eLearning para educar eficazmente a su personal actual en el voluminoso número de cambios oficiales en su práctica diaria. Por citar un ejemplo, las recomendaciones de la Oficina del Monitor relativas a las técnicas prácticas de entrevista, que han sido bien recibidas por el SARP, no se prestan en modo alguno a un formato de aprendizaje a distancia. Por lo tanto, al menos a corto plazo, la Oficina del Monitor concluye que el entrenamiento anual exigido por el Acuerdo debe ser presencial e incluir componentes prácticos. Una vez que el entrenamiento anual de este año aborde los numerosos cambios en la metodología, las normas y los procedimientos del SARP, el entrenamiento en el servicio subsiguiente podría impartirse a distancia, si fuera factible. Como mínimo, la Oficina del Monitor espera ver un plan para abordar la necesidad actual de formación continua del SARP durante el periodo de presentación de informes CMR-9.

La adecuación de los recursos, tanto humanos como materiales, sigue siendo motivo de preocupación. La Oficina del Monitor se siente alentada por la incorporación de los investigadores que tanto necesita la UIF, cuya dotación de personal la Oficina del Monitor había considerado sumamente problemática. La falta de recursos humanos en otras entidades del SARP, aunque menos grave que en la UIF, sigue siendo un motivo de preocupación. En las entrevistas privadas realizadas por la Oficina del Monitor a más del 95% de los investigadores activos del SARP, casi el 90% de estos investigadores expresaron su preocupación por la carga de trabajo de los casos y la deficiencia de los recursos humanos necesarios para gestionarla eficazmente. La Oficina del Monitor anima a la dirección del SARP a que se reúna periódicamente con sus investigadores y supervisores sobre el terreno en sesiones de escucha, del mismo modo que lo ha hecho la Oficina del Monitor, para conocer sus necesidades de recursos, tanto humanos como de otro tipo.

Aunque la Oficina del Monitor ha observado algunos avances en la flota vehicular del SARP y la entrega de algunos equipos solicitados, la continua escasez de recursos adecuados no sólo afecta a la calidad y puntualidad de las investigaciones, sino que también tiene un impacto negativo mucho mayor en el plazo de adjudicación de una investigación interna. Como se predijo en el anterior CMR, la Oficina del Monitor ha oído de múltiples fuentes que esta incapacidad para adjudicar los casos SARP abiertos de manera oportuna ha dado lugar a que se haya rechazado la promoción de candidatos recientes. La preocupación de la Oficina del Monitor no termina aquí. Ni una sola oficina de Asuntos Internos ha sido reubicada fuera de las instalaciones policiales, a pesar de que la Oficina del Monitor viene constatando desde hace tiempo que esta práctica debe cesar sin demoras innecesarias. La Oficina del Monitor toma nota de que la SARP se ha esforzado seriamente en sus continuos esfuerzos por identificar ubicaciones adecuadas para las delegaciones de la Oficina de Asuntos Internos (NAI) en entornos no asociados en modo alguno con las fuerzas del orden. Sin embargo, la identificación del lugar es sólo el primer paso del proceso y debe ir seguida de la contratación y la adquisición. Dado que la DSP tiene ahora visibilidad y autoridad última sobre las adquisiciones para la PRPB en general, la Oficina del Monitor seguirá de cerca las adquisiciones para garantizar que sean oportunas, sin trabas y adecuadas a la tarea.

Por último, la Oficina del Monitor ha tomado nota de la evolución reciente y muy positiva del Programa de Asistencia al Empleado (PAE) de PRPB. No sólo ha aumentado el número de miembros del PRPB que solicitan ayuda voluntariamente al PAE, sino que éste ha colaborado con el PRPB para abordar de forma proactiva los cambios institucionales que pueden generar incertidumbre, dudas y ansiedad entre todos los miembros. Las iniciativas también incluyen la concienciación sobre el bienestar mental, el bienestar físico y los hábitos que promueven ambos. Como sabe cualquier veterano funcionario de policía, el miedo y la resistencia al cambio no son infrecuentes en la mayoría de las empresas, pero son especialmente agudos en la policía y otros organismos de seguridad pública. PAE también ha colaborado en la edición de varias publicaciones recientes sobre la gestión del cambio y el consiguiente miedo interno al cambio dentro del PRPB. La Oficina del Monitor aplaude esta innovación proactiva.

En general, el cumplimiento por parte del ELA de los trece párrafos relativos a la participación de la comunidad y la información pública evaluados durante el periodo objeto del presente informe refleja niveles de cumplimiento similares a los observados en periodos anteriores. En CMR-6, la última CMR en la que se revisaron todos los párrafos, el 46% de los párrafos (6 párrafos) fueron evaluados como parcialmente conformes, en comparación con el período de información actual, en el que 5 párrafos se consideraron parcialmente conformes, mientras que otros 8 párrafos se consideran no conformes. Véase la figura 9.

En general, el cumplimiento de los 46 párrafos evaluados durante el periodo objeto de este informe dentro de las quejas civiles, las investigaciones internas y la disciplina reflejan una ligera progresión en el cumplimiento con respecto a lo observado en informes anteriores. En CMR-7, el 48% de los párrafos (22 párrafos) se consideraron parcialmente conformes y el 35% (16 párrafos) sustancialmente conformes, en comparación con el período cubierto por el presente informe, en el que el 46% de los párrafos (21 párrafos) se consideraron parcialmente conformes y el 26% (12 párrafos) sustancialmente conformes (3 párrafos pasaron a ser plenamente conformes). Dos apartados (4%) se consideraron aplazados en CMR-8. Véase la figura 8.

Figura 8. Denuncias civiles, investigaciones internas y medidas disciplinarias: estado de cumplimiento del párrafo
Figura 8. Denuncias civiles, investigaciones internas y medidas disciplinarias: estado de cumplimiento del párrafo

8. Participación de la comunidad e información pública

La implicación de la comunidad, junto con la policía de comunidad y la información pública, incluyen 13 apartados en el Acuerdo, 4 de los cuales se evalúan anualmente (apartados 208-210 y 213). La revisión completa de los 13 apartados se recogió en el CMR-6 y se presenta de nuevo en este informe.

Al igual que en anteriores CMR, lograr el cumplimiento de la sección del Acuerdo relativa a la participación de la comunidad y la información pública ha supuesto un reto para la PRPB. Esto se ha debido principalmente a la necesidad de formación y desarrollo continuos de competencias, lo que implica la resolución de problemas mediante la aplicación del Modelo SARA y el desarrollo y mantenimiento de interacciones significativas y orientadas a objetivos con las partes interesadas de la comunidad a través de alianzas y actividades de divulgación. Estas deficiencias se ven acentuadas por una supervisión inconsistente derivada de los problemas de dotación de personal, principalmente de agentes y supervisores de primera línea, enfoques policiales comunitarios insuficientes y variables, esfuerzos rezagados para desarrollar un sistema integral de evaluación del rendimiento y la necesidad de documentar eficazmente la planificación estratégica y el seguimiento del compromiso con la comunidad. Todo ello, unido a una comunicación deficiente con el público y a la incapacidad para desarrollar e institucionalizar sistemas informáticos adecuados que apoyen la transparencia pública en torno a las estadísticas sobre delincuencia, violencia de género, UOF y auditorías eficaces de los programas, ha retrasado a PRPB en todos los esfuerzos por lograr un cumplimiento sustancial durante el periodo objeto del presente informe.

Durante el período que abarca este informe, la Oficina del Monitor se reunió y entrevistó a varios miembros de PRPB directamente involucrados en la participación comunitaria, la vigilancia comunitaria y la divulgación a nivel de distrito, precinto y comando de área en 8 áreas policiales, 3 unidades especializadas, el Director de Reclutamiento y miembros del Comité de Interacción con la Comunidad (CIC), que representan a la comunidad dentro de las 13 áreas policiales. Además, la Oficina del Monitor asistió y observó un Conversatorio, una reunión comunitaria organizada por el CIC de Guayama, dos reuniones de portavoces del CIC Central y una sesión de formación sobre Policía Comunitaria para los sargentos recién ascendidos celebrada en la Academia.

La Oficina del Monitor también revisó las políticas y manuales relacionados, incluyendo la GO 125 (Estructura de la Oficina de Prensa), la GO 127 (Multimedia), la GO 704 (Reuniones Mensuales) incluyendo sus correspondientes PPR (704.1 y 704.2), la GO 144 (Liga Atlética), y el Protocolo para Reportar Incidentes con Personas Transgénero.

Durante el segundo trimestre de CMR-7, el 1 de julio de 2022, el PRPB puso en marcha su módulo de policía de comunidad: Sistema de Policía Comunitaria. Estos módulos fueron desarrollados por PRPB para registrar y evaluar iniciativas directas y programación mediante la captura de alianzas formales, divulgación, asuntos de calidad de vida, informes de alianzas informales y resolución de problemas bajo el Modelo SARA. Mediante este sistema, la PRPB pretende cumplir el apartado 208 del Acuerdo, en el que se puede medir el desarrollo y la sostenibilidad de las alianzas comunitarias, la divulgación y la eficacia en la resolución de problemas. La Oficina de Reformas introdujo a los agentes facilitadores y a algunos supervisores de primera línea en el sistema mediante demostraciones de la carga y codificación de iniciativas. Sin embargo, no se ha impartido ninguna formación formal a través de SAEA en apoyo de la institucionalización de la policía de proximidad.

La Oficina del Monitor recibió una sesión informativa sobre el módulo por parte de la Oficina de Reforma durante la visita de octubre de 2022, y una demostración del sistema durante la visita de diciembre de 2022. Un examen del sistema indica que presenta deficiencias operativas. Es necesario establecer protocolos y directrices de calidad de los datos, junto con mecanismos para determinar la precisión y normas de medición eficaces. El PRPB debe encargarse de realizar sus propias auditorías para determinar la fiabilidad de sus datos en cuanto a legitimidad, calidad y solidez.

El programa de tres ciclos de asistencia técnica en materia de policía de comunidad a través de la Oficina de Reformas, que incluye la aplicación sobre el terreno del Modelo SARA y la integración entre la PRPB, los CIC y los Consejos de Seguridad Comunitaria (CSC) para la colaboración, se detuvo durante la mayor parte del periodo que abarca este informe para dar cabida a la formación de los instructores en la SAEA y facilitar la formación de los supervisores recién nombrados en enero de 2023. Como resultado, sigue sin estar claro para la Oficina del Monitor cómo esta formación, aunque refleja las mejores prácticas en la policía de comunidad, se relaciona con los esfuerzos de la Academia para llevar a cabo la formación en policía de comunidad en toda la Oficina. Además, la Oficina del Supervisor tampoco tiene claro cuántos miembros del personal del PRPB han recibido formación de la Oficina de Reforma.

La Oficina del Monitor no recibió pruebas de que se hubiera impartido formación a través de SAEA de acuerdo con la política, ni la PRPB proporcionó pruebas que demostraran que se había alcanzado el umbral del 95% de personal formado durante el periodo cubierto por este informe.

La participación de la comunidad a través de sus CIC sigue fluctuando según la zona policial. Los CIC desempeñan un papel decisivo a la hora de ofrecer recomendaciones a la PRPB sobre políticas, contratación y estrategias aplicadas basadas en las experiencias y necesidades de sus comunidades. Sin embargo, la confirmación de nuevos miembros sigue siendo un problema de larga data que se atribuye directamente a la falta de talleres multitemáticos preparados, que es un requisito. La falta de los talleres requeridos obstaculiza la capacidad de PRPB para desempeñar sus funciones y es un factor que contribuye a la más reciente rotación y retirada de participación. El éxito de cualquier organismo policial depende de su política y su formación. Los organismos policiales deben tener la capacidad de prestar servicios a la comunidad de forma segura y razonable.

La mejora en la difusión de información pública por parte de la PRPB es notable durante el periodo que abarca este informe. Sin embargo, la PRPB se ha centrado principalmente en las actividades policiales y las intervenciones penales debido a las recientes olas de delincuencia en toda la isla. La PRPB ha demostrado un mayor uso de los medios de comunicación social y de masas en sus esfuerzos por resolver la delincuencia con mayor frecuencia, lo que ha dado buenos resultados. Además de estos esfuerzos, se necesitan reuniones públicas para reforzar la concienciación, educar, coordinar los servicios de remisión e informar al público de los avances de la Reforma.

El PRPB no ha sido tan eficaz a la hora de utilizar recursos multimedia e internos para educar y concienciar al público sobre la policía de proximidad, la transformación organizativa a través de la participación de la comunidad, las tendencias delictivas, la violencia de género, la UOF y las prácticas no discriminatorias, entre otros temas, para mejorar la calidad de vida de la comunidad. El PRPB se esfuerza por informar de manera adecuada, precisa y eficiente sobre las estadísticas de delincuencia, delitos motivados por el odio, estadísticas mensuales de violencia doméstica y de género, delitos sexuales y maltrato infantil.

La PRPB debe trabajar proactivamente para definir y emplear procedimientos, formación y medidas de responsabilidad coherentes y fiables. Los objetivos evaluados en este periodo siguen sin cumplirse y son fundamentales para demostrar los avances en la aplicación, las prácticas y la institucionalización de la policía de proximidad.

En general, el cumplimiento por parte del ELA de los trece párrafos relativos a la participación de la comunidad y la información pública evaluados durante el periodo objeto del presente informe refleja niveles de cumplimiento similares a los observados en periodos anteriores. En CMR-6, la última CMR en la que se revisaron todos los párrafos, el 46% de los párrafos (6 párrafos) se evaluaron como parcialmente conformes, en comparación con el período de información actual, en el que el 38% (5 párrafos) se consideraron parcialmente conformes, mientras que otros 8 párrafos se consideran no conformes. Véase la figura 9.

Figura 9. Participación de la comunidad e información pública: estado de cumplimiento del párrafo
Figura 9. Participación de la comunidad e información pública: estado de cumplimiento del párrafo

9. Sistemas y tecnologías de la información

La revisión y adaptación de la tecnología sigue siendo lenta. Durante el periodo de referencia persistieron los problemas de exactitud de los datos en GTE, lo que complicó aún más la actualidad y exactitud de los datos UOF debido a la latencia de la revisión supervisora.

Desde el punto de vista del procedimiento, la gestión de los cambios informáticos sigue siendo insuficiente, un ejemplo de lo cual, reconocido por la Oficina de Tecnología (BT), son los cambios y revisiones necesarios para el PTMS. En general, la perspicacia de la PRPB en materia de gestión tecnológica carece de rigor, presumiblemente debido a la falta de personal experimentado y de práctica. Esta es una preocupación clave dada la escala de los objetivos y tareas del Plan de Acción Correctiva (PAC) presentado. Igualmente importante es el hecho de que las actuales prácticas de gobernanza no existen institucionalmente para lograr resultados óptimos ni para eliminar conflictos de prioridades y problemas entre las partes interesadas. Por ejemplo, los procesos de gestión de requisitos carecen de formalidad para conciliar y documentar los cambios necesarios en GTE, PTMS, EIS y otros sistemas.

En cuanto a los expertos en la materia contratados, AHDatalytics, el contratista del ELA, sigue contribuyendo al conocimiento de la situación mediante el análisis de los datos más necesarios y su portabilidad a los cuadros de mando. Los entregables de Gartner Inc. han validado observaciones previas de la Oficina del Monitor y su colaboración con las Partes contribuyó al borrador del PAC. Ninguna de estas actividades podría haber sido realizada únicamente por el ELA. Lamentablemente, y de forma accesoria a estos esfuerzos, aunque AHDatalytics y Gartner Inc. han contribuido, la falta de progreso tecnológico de PRPB durante el periodo del informe puede atribuirse a la pausa de sus esfuerzos y acciones de IT a la espera de la finalización de la evaluación de las necesidades de IT y el CAP de Gartner Inc., el IT Needs Assessment and CAP. Por lo tanto, dados los continuos déficits que tienen en la implantación de tecnología, los esfuerzos del ELA por mejorar durante el periodo del informe fueron de nuevo insuficientes.

Cabe destacar que la postura de seguridad cibernética de la PRPB no se evaluó durante el período del informe. Por este motivo, con el establecimiento de bases que se realizará en el PAC, el ELA, el USDOJ y la Oficina del Monitor deberían evaluar el refuerzo cibernético y la mitigación de riesgos.

Positivamente, dos aplicaciones (Módulos de Agresión Sexual y Violencia Doméstica) avanzaron y han sido reconocidas como sustancialmente conformes por la Oficina del Monitor. El EIS, sin embargo, sigue languideciendo en su desarrollo. BT recibió finalmente una declaración de requisitos de la Academia y se ha comprometido a revisar el PTMS antes de finales de 2023. Sin embargo, aunque positivo, no se proporcionó a la Oficina del Monitor un calendario para la revisión del PTMS ni la funcionalidad que se entregaría. La continua falta de transparencia y la escasa trazabilidad de los requisitos documentados no apoyan la premisa de que la capacidad de gestión o la gobernanza hayan cambiado positivamente.

Por último, durante el período cubierto por el informe se informó de que las operaciones con cámaras corporales eran prometedoras, pero el ELA debe mejorar. Tal como se informó, no hay un GO y por esa razón PRPB no está probando plenamente la tecnología y el concepto de operaciones. Ambas cosas no tienen por qué ir en serie. Si se retrasa la GO, el ELA debería considerar la posibilidad de dividir las tareas administrativas para no obstaculizar la adaptación técnica o la experiencia adquirida mientras se ponen a prueba las CAB. Aunque el CIO señaló que no podía resolver el incumplimiento por parte de los supervisores de la revisión de los GTE, no se ofrecieron soluciones ni notificaciones "Murphy Proofing” que pudieran automatizarse. En fecha tan reciente como noviembre de 2022, los agentes comunicaron a la Oficina del Supervisor que "no tenían fe" en GTE debido a la latencia de los datos.

Los resultados de la encuesta comunitaria de junio de 2022 publicados durante el periodo de referencia muestran:

  • En general, el 75% de los encuestados no cree que el PRPB disponga de la tecnología necesaria.
  • El 70% de los encuestados comunitarios afirma que el PRPB no publica adecuadamente las estadísticas.
  • Sólo el 54% considera adecuada la frecuencia de la formación.
  • Sólo el 54% considera que la formación es suficiente para utilizar correctamente las TI.
  • El 60% de los agentes afirma que el PRPB no dispone de un sistema de alerta adecuado.

De cara al futuro queda mucho por hacer. Entre otras cosas:

  • Depuración de datos para mantener cualquier nivel de conformidad y precisión de los datos.
  • Aplicación de la PAC.
  • Las contribuciones de AH Datalytics son válidas e informativas y deben continuar.
  • Aprovechar la cartografía de la delincuencia.
  • Formación adecuada por parte de SAEA.
  • Debe realizarse una ciberevaluación.

Por todo ello, la capacidad del ELA para mantener una transformación tecnológica autosuficiente sigue en entredicho y es inalcanzable sin expertos contratados.

En general, el cumplimiento por parte del ELA de los seis apartados sobre sistemas y tecnología de la información no ha variado con respecto al CMR-7, en el que el 33% de los apartados (dos apartados) se consideraron parcialmente conformes y el 66% de los apartados (cuatro apartados) se consideraron no conformes. Esto es válido para el periodo de referencia CMR-7. Véase la figura 10.

Figura 10. Estado de Cumplimiento de Párrafo de Tecnología y Sistemas de Información
Figura 10. Estado de Cumplimiento de Párrafo de Tecnología y Sistemas de Información


Notas al Pie

  1. Véase el Caso 3:12-cv-02039-FAB Documento 2379-1.
    ↑ Regresar al contenido al que se hace referencia.
  2. Al momento de escribir estas líneas, la OAL carece de siete abogados cualificados, cuatro en la oficina principal de la OAL, así como un abogado en cada una de las siguientes áreas policiacas: Carolina, Fajardo y Humacao. La OAL también necesita equipo para facilitar su trabajo, lo cual había sido solicitado previamente desde hace bastante tiempo.
    ↑ Regresar al contenido al que se hace referencia.
  3. En el caso 2021-0951, un sargento fue acusado de utilizar una vulgaridad y agresividad extremas en una reunión con sus subordinados, creando así un ambiente de trabajo hostil. Debido a los testimonios contradictorios de los testigos, se recomendó el archivo del caso, dejando tras de sí testigos jurados que contradecían directamente al acusado. En el caso 2022-1114, un vecino anónimo denunció que dos agentes del PRPB se habían ido de vacaciones haciendo uso de una baja por enfermedad. Nadie llegó a entrevistar al acusado. En el caso 2022-0661, un denunciante se quejó de que un funcionario del PRPB había robado horas de trabajo y acusó a otros dos funcionarios de encubrirlo. Se utilizaron declaraciones escritas para entrevistar a un teniente en lugar de entrevistas personales. Los registros indican el uso de la baja por enfermedad durante los días en cuestión. No se entrevistó ni al presunto contratista ni a los agentes. En el caso 2022- 1213, un agente del PRPB fue acusado de pasar horas de servicio fuera de un negocio mientras mantenía relaciones físicas con una empleada. El agente fue entrevistado brevemente y dijo que iba al negocio periódicamente mientras estaba de servicio. El investigador nunca preguntó al agente acusado si conocía a alguien en la empresa (es decir, a la mujer en cuestión). En el caso 2022-1015, un denunciante anónimo alegó que un agente de policía se presentó al servicio en estado de embriaguez y que, además, maltrataba a sus padres. Los padres fueron entrevistados juntos en lugar de por separado, y el agente acusado nunca fue entrevistado. En el caso 2022- 0976, una ciudadana anónima alegó que dos agentes de la PRPB la abordaron de manera sexual, y que uno de ellos supuestamente se exhibió. Ella identificó a uno de los oficiales involucrados en Arecibo. Ambos acusados estaban trabajando ese día y habían parado a muchos motoristas por infracciones. Sólo dos eran mujeres. El oficial superior dijo que ambos eran oficiales disciplinados y responsables. Ninguno de los dos oficiales fue entrevistado en relación a estas alegaciones tan serias.
    ↑ Regresar al contenido al que se hace referencia.
  4. El ejemplo más descarado de esta cuestión se descubrió en el CMR-4, en el que dos investigadores del SARP acusaron independientemente a su superior directo de intromisión en los casos, lo que no sólo implicaba connivencia con sus superiores en el SARP y/o protección por parte de éstos, sino también represalias contra uno de los investigadores una vez que los acusados conocieron su identidad. Estas graves acusaciones fueron posteriormente autodenunciadas por el Mando del SARP, y se inició una nueva investigación interna (SARP 2021-0997). Después de esperar un tiempo adecuado para que el caso se cerrara oficialmente, la Oficina del Monitor solicitó una copia de todo el expediente del caso para su análisis en CMR-8. Tras una revisión y un análisis sustanciales, la Oficina del Monitor descubrió que este caso se cerró administrativamente dejando versiones de los hechos diametralmente opuestas realizadas por miembros jurados, que iban al meollo de las alegaciones subyacentes. Y lo que es aún más atroz, parece que nunca se realizó una entrevista de investigación con el oficial superior acusado. Los casos administrativos graves que implican versiones contradictorias de hechos relevantes entre miembros de la PRPB, especialmente los que insinúan corrupción, connivencia o represalias, nunca deben cerrarse sin entrevistar primero a todos los testigos, incluido el miembro de la PRPB acusado. En los casos administrativos graves, el SARP debe agotar todos los medios legales (incluido el uso de exámenes poligráficos) para intentar determinar cuáles de los funcionarios jurados decían la verdad y cuáles no. El caso citado implica presunta corrupción y connivencia entre funcionarios de rango de la PRPB, así como represalias posteriores contra el denunciante original, que era y sigue siendo un agente de la PRPB. A la Oficina del Supervisor no se le ha pasado por alto que, debido a estas flagrantes omisiones, las dos acusaciones planteadas por la denunciante original, a saber, que en realidad fue víctima de represalias por parte de sus superiores y que el funcionario superior del SARP en cuestión goza de una influencia sin escrúpulos dentro de la jerarquía del SARP, se ven ambas en realidad reforzadas.
    ↑ Regresar al contenido al que se hace referencia.

The online version of this Executive Summary for the Report is provided for convenience only.
The document filed in The United States District Court for the District of Puerto Rico is the definitive version:
Case 3:12-cv-02039-FAB Document 2430-2 Filed 06/13/23